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CIAC DISCAPACIDAD

El grupo CIAC Discapacidad es una instancia técnico‑consultiva creada para promover la inclusión plena de las personas con discapacidad en los servicios de arbitraje de la Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial y sus centros miembros. Su trabajo abarca: elaborar políticas y guías (como la presente), diseñar y difundir estándares de accesibilidad física, comunicacional y tecnológica, capacitar personal y árbitros, asesorar a tribunales y centros sobre solicitudes de adaptación, coordinar alianzas con organizaciones especializadas y monitorear la implementación de medidas inclusivas.

 

Objetivo del grupo

Garantizar que las personas con discapacidad accedan y participen en igualdad de condiciones en los procesos arbitrales, mediante la promoción de ajustes razonables, diseño universal, formación de agentes del servicio y la armonización de prácticas conforme a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y estándares internacionales.

 

Guía para la Inclusión Efectiva de Personas con Discapacidad en los Servicios de Arbitraje 

La guía ofrece un marco práctico y normativo para convertir el principio de igualdad en actuaciones concretas dentro del arbitraje: estandariza procedimientos para recibir y evaluar solicitudes de adaptación, protege la autonomía y la privacidad de las personas con discapacidad, orienta sobre responsabilidades y costos, y fortalece la legitimidad y eficacia de los procesos arbitrales al eliminar barreras que pueden causar indefensión.

PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Qué es esta guía?

Un manual práctico que establece normas y recomendaciones para que los servicios de arbitraje de la CIAC sean accesibles e inclusivos para personas con discapacidad.

2. ¿A quién va dirigida?

A árbitros, secretarías de centros CIAC, partes en procesos arbitrales, representantes legales y público interesado en garantizar acceso igualitario a la justicia arbitral.

3. ¿Qué tipos de adaptaciones contempla?

Adaptaciones físicas (rampas, salas accesibles), comunicacionales (intérpretes de lengua de señas, subtitulado, braille), tecnológicas (plataformas accesibles, transcripción en tiempo real) y de apoyo personal (tutores, asistentes).

4. ¿Cómo solicito una adaptación durante un proceso arbitral?

Presentando una solicitud de adaptación dirigida al tribunal arbitral o al director del centro; la guía incluye una plantilla y directrices sobre plazos y requisitos.

5. ¿Cuándo debo presentar la solicitud?

Con la mayor celeridad posible, idealmente al inicio del proceso o tan pronto como surja la necesidad, para permitir una decisión eficiente y la implementación de medidas.

6. ¿Quién decide si se concede la adaptación?

El tribunal arbitral resolverá la solicitud de forma motivada, evaluando razonabilidad, impacto en el proceso y el principio de igualdad entre partes.

7. ¿ Quién asume los costos de las adaptaciones?

Preferentemente las partes acuerdan; en defecto de acuerdo, el tribunal decide considerando proporcionalidad y las circunstancias del caso.

8. ¿Qué pasa si se niega mi solicitud?

El tribunal debe indicar alternativas viables que garanticen la tutela arbitraria y evitar la indefensión de la persona solicitante.

9. ¿La guía respeta la confidencialidad de la información médica?

Sí; el llenado y manejo de la solicitud de adaptación protege la privacidad según la CDPD y buenas prácticas de confidencialidad.

10. ¿La guía exige formación del personal?

Sí; recomienda capacitación continua para árbitros y personal administrativo en accesibilidad, lenguaje inclusivo y uso de tecnologías asistivas.

11. ¿Puedo pedir audiencias virtuales como adaptación?

Sí; las audiencias virtuales se contemplan como opción para facilitar la participación cuando sea apropiado y compatible con la equidad del proceso.